La ley prohíbe la discriminación por cualquier circunstancia personal o social.
Opciones
- VerdaderoVerdaderoCorrecta
- FalsoFalso
Explicación
La afirmación es verdadera. El artículo 14 de la Constitución establece la igualdad de todos ante la ley, sin que pueda existir discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
La expresión "cualquier otra condición o circunstancia personal o social" es muy amplia, lo que permite que este principio se aplique también a situaciones no mencionadas de forma explícita, como la orientación sexual o la discapacidad, entre otras.
Este principio de igualdad y no discriminación es la base de numerosas leyes posteriores en materia de igualdad en España, tanto de género como de otros ámbitos sociales.
Por qué las otras opciones no son correctas
- F
Decir "Falso" sería incorrecto: el artículo 14 prohíbe expresamente la discriminación por cualquier condición personal o social.
Truco para recordarla: Artículo 14: prohibida la discriminación por cualquier motivo personal o social.
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Actualizado: 3 de noviembre de 2026
Fuente oficial: Instituto Cervantes — CCSE